En virtud de los pronunciamientos anteriormente expuestos, resulta forzoso para éste Juzgado de Municipio, inadmitir la pretensión incoada, toda vez que la misma resulta IMPROPONIBLE POR INDETERMINACIÓN DEL OBJETO SOBRE EL CUAL RECAE. Así se decide.
Por los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos dispuestos en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara la IMPROPONIBILIDAD OBJETIVA en derecho la pretensión que por DESALOJO incoara el ciudadano GEORGES BOUTROS MASSAAD NOSIF, en contra del ciudadano ABDUL HADI CHAMAO, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no se hace especial características en costas.