en consecuencia, este Juzgado NIEGA la homologación al escrito presentado en fecha 14-10-2015 por la ciudadana YAIDELIN GONZALEZ titular de la cedula de identidad V- 18.472.764 quien manifestó ser parte OFERIDA debidamente asistida por el abogado ANGEL ROJAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 88.662, por una parte, y por la otra el abogado JESUS LEOPOLDO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.802 en su carácter de apoderado judicial de la parte OFERENTE "C.A INVERSIONES FUSION FOOD", por las consideraciones señaladas. Así se establece. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA. Años: 205° y 156°
LA JUEZ
ABG. LUISA ANDREINA ROSALES ZAMBRANO
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS MENDEZ
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS MENDEZ