Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el reclamo o impugnación interpuesto por la representación Judicial de la parte actora en contra de la experticia presentada por el experto EUGENIO GAMBOA, por lo que la condenada, deberá pagar a la parte actora la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs. 798.350,11), según se detalla en el siguiente cuadro resumen:
CONCEPTOS CONDENADOS MONTO A PAGAR
Prestación de antigüedad 21.477,12
Intereses de antigüedad 5.680,13
Vacaciones 19.827,00
Bono vacacional 2.628,60
Utilidades 33.019,00
Salarios caídos 69.613,32
Indemnización art. 125 22......