Por último, al no versar sobre derechos litigiosos, dudosos o discutidos, en efecto, no es posible determinar si los derechos del trabajador fueron calculados conforme a la ley, por lo que esta Juzgadora no puede determinar si el extrabajador ha renunciado a los derechos que le son otorgados y garantizados por la ley misma; en conclusión el escrito presentado por la partes no cumple con los extremos exigidos por el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en consecuencia, se debe negar la homologación que la parte oferente ha solicitado. Así se decide.-
La Jueza,
Abg. Beatriz Pinto Colmenares
El Secretario
Abg. Elvis flores