(...) en consecuencia por los anteriores razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SE HOMOLOGA, la transacción presentada por la parte actora ciudadana NORMA DA ROCHA, titular de la Cedula de Identidad Nº V. 11.590.763, debidamente asistida por el abogado OTONIEL ANDRES LUNA LEON, IPSA Nº 86.136 y PFIZER VENEZUELA, S.A., parte demandada , representada en este acto por su apoderado judicial ciudadano CESAR FREITES VALLENILLA, IPSA Nº 108.271. No hay condenatoria en costas conforme al parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
Igualmente, se declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (5) días háb.....