DISPOSITIVA
Vistos los fundamentos de hecho y de Derecho expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la ley, acuerda, continuar con la medida de Libertad Asistida, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la presente causa seguida en contra del joven sancionado (IDENTIDAD OMITIDA); por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, todo de conformidad con el artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia certificada de la presente decisión. CÚMPLASE.-
EL JUEZ PROVISORIO.
DR. NERIO VALLENILLA LEON.
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA ESTRADA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acor.....