Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoara el Ciudadano ANDRES BIANCO, en su carácter de Apoderado Judicial de SUCESORA ALKON C.A., contra la SUCESIÓN DE ANTONIO LA ROCCA BOCCO, quien fuera mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.913.026, integrada por los herederos conocidos ciudadanos MAGALI PERDOMO DE LA ROCCA, ANTONIO LA ROCCA PERDOMO y la menor de edad ANTONELLA VICENZA LA ROCCA, ambas partes plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se declara RESUELTO el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, sobre un inmueble constituido por un (01).....