"...En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARO EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el siguiente inmueble: Un Apartamento (01), destinado a vivienda y distinguido con el número DIEZ Y SÉIS (16), situado en la Planta Primera (1era), del Edificio denominado "VVZ", ubicado en la AVENIDA SOROCAIMA, entre la Avenida Venezuela y la Avenida Tamanaco de la Urbanización El Rosal, Jurisdicción del Municipio Chacao, Distrito Sucre del Estado Miranda; y consecuencialmente se declara la desposesión jurídica del mismo de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se ponen en posesión jurídica de la Depositaria Judicial R.C. C.A., en la persona de su representante ciudadano DANILO MONTES, antes identificado, quien aceptó conforme en nombre de su representada..."