Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento y de la acción del juicio incoado por la ciudadana MILDRED ROJAS GALEA, en contra de la demandada BOEHRINGER INGELHEIM C.A., por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales y Daño Moral, en consecuencia, da por terminado el presente juicio , y se ordena el archivo del expediente.-SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente juicio no hay condenatoria en costas.- Y ASÍ SE ESTABLECE.-