Ordena que la presente investigación se siga por las disposiciones del procedimiento ordinario, a tenor de lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Asimismo ordena la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano JEAN FRANCO JIMENEZ ARNAL, en razón de que estima este Juzgado, que no se encuentran llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.se hace imposible la imposición de una medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad, contra el hoy aprehendido y así tampoco procede la aplicación de medida cautelar contenida en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en atención a que si bien las mismas son precautelativa, obra en este caso, únicamente el dicho de la víctima quien hab.....