Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JOHAN RAFAEL ZAPATA MONCADA e ISLEY DOS RAMOS BUENAÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.152.998 y V-12.764.693 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha doce (12) de Septiembre de 2.003, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antímano del Municipio Libertador del Distrito Capital, asentada bajo el acta Nº 98, Folio 98 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Despacho en el año 2.003. En cuanto a la adolescente .....