Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el reclamo o impugnación interpuesto por la representación Judicial de la parte demandada. SEGUNDO: Se declara firme la experticia presentada por el experto contable Ramón Márquez en fecha 20 de enero de 2012 y se establece como monto total a pagar por la demandada al actor por los conceptos condenados en la sentencia los conceptos condenados por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, por lo cual le corresponde el pago de (Bs. 390.211, 66), tal como fue calculado en la experticia supra mencionada. TERCERO: Se ordena a la demandada el pago de los honorarios profesionales del experto contable.....