Se consignó y publicó resolución declarando: .1.- CON LUGAR la prescripción de las acciones para reclamar diferencias, homologaciones e intereses de mora por la no aplicación de tabulador convencional a las pensiones de jubilación de los accionantes, causadas antes del 12/03/2012. 2.- SIN LUGAR la prescripción de las acciones para reclamar diferencias, homologaciones e intereses de mora por la no aplicación de tabulador convencional a las pensiones de jubilación de los accionantes, causadas después del 12/03/2012. 5.3.- SIN LUGAR las demandas interpuestas por los ciudadanos: (1) JUDITH PEÑA DE QUINTERO y OTROS c/ la entidad de trabajo denominada INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO DE VENEZUELA, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación, ambas partes identificadas en esta decisión-