DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora recurrente en contra de la decisión de fecha 30 de enero de 2019, emanada del Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se revoca la decisión apelada y se repone la causa al estado de la celebración nuevamente la audiencia de juicio, sin necesidad de nueva notificación debido a que las partes se encuentran a derecho. TERCERO: No hay condenatoria en costas.-