Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN OPUESTA POR LA PARTE DEMANDADA con relación a la pretensión de pago de la diferencia de prestaciones sociales, y SIN LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN DE LA pretensión de pago de las pensiones de jubilación solicitada.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana NEYDA RAMÍREZ contra BAYER S.A.
TERCERO: Se exonera de costas a la parte actora.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE