Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 14 de diciembre de 2006 por el abogado MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ L. en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ITALO D¿ALFONSO SCIOLI la parte demandada, contra la decisión dictada en la presente causa el 9 de noviembre de 2006 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO.- Se Repone la causa al estado de que el tribunal de grado notifique al ciudadano ÍTALO D¿ALFONSO SCIOLI de la decisión interlocutoria pronunciada en autos el 29 de junio de 2006, en la siguiente dirección: Calle Alto Hatillo, Quinta Mi Peruchera, El Hatillo, Estado Miranda, y a la sociedad mercantil CONFECCIONES ÍTALO D¿ALFONSO, C.A. "ITADALCA", en la persona de su presidente NELSO.....