DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia de PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (Obligación de Manutención), Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, con vista a los argumentos fácticos y normativos antes aludidos DECLARA:
ÚNICO: La extinción de la presente obligación de manutención, seguida por la ciudadana LOLIMAR GARCÍA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.506.810, con domicilio en el Barrio Caja de Agua, carrera 1-D, casa Nº 009, en esta ciudad de Calabozo estado Guárico, actuando en representación de sus hijos, MIGUEISVY DORIANA, MIGUEL EDUARDO y ANGEL EDUARDO MEZA GARCÍA, contra MIGUEL ANGEL MEZA ISTURIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.990.302, con domicilio en el Ba.....