Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el Acta de Nacimiento a nombre de la adolescente XXXX, asentada bajo el N° 118, Folio 59vto., Año 1992 inserta en el libro de nacimientos llevados por la Prefectura Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador, en este sentido: Donde se colocó el primer apellido de la madre de la adolescente de autos, como "HUG" lo correcto es que se coloque: "HUNG". Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Oficina de la Prefectura Civil de la Parroquia Caricuao, de la Alcaldía de Caracas, Distrito Capital, a los fines de que efectúen la debida corrección.