Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 02 de mayo del 2016, por el Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, como consecuencia SE NIEGA la homologación del acuerdo transaccional presentado en fecha 25 de abril de 2015, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, enfermedad ocupacional y daño moral, incoada por el ciudadano Hipólito Antonio Ramos Velásquez contra la entidad de trabajo Cartón de Venezuela, S.A., TERCERO: SE CONDENA .....