En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte actora, contra la decisión del Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 22 de mayo de 2018, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Sin lugar la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por, ROSANGELA MEDINA AQUINO, titular de la cédula de identidad N° 16.554.764; contra la entidad de trabajo, C.A. CERVECERÍA REGIONAL, inscrita por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y de Comercio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha, 14 de mayo de 1929, bajo el N° 320; siendo inscrita su último modificación.....