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Decisiones del dia 27/09/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Tercero de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1935-07 N° Sentencia : 1935-07 Fecha: 27/09/2007
Procedimiento:
Auto De Ejecución Y Cómputo
Partes:
PENADO: JOSÉ ALBERTO SILVA DE FREITAS/DEFENSA: COORDINADOR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA PENAL/FISCAL: FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CARACAS
Resumen:
En este orden de ideas, tenemos que, el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que, si el penado estuviere en libertad y no procediere el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, el Juez de Ejecución ordenará su reclusión en un Centro Penitenciario.- Siendo esto así, tenemos que el penado de marras fue condenado a cumplir una pena que evidentemente NO EXCEDE DE CINCO (5) AÑOS, por lo tanto pudiera optar al beneficio Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena a tenor de lo exigido en el articulo 493, ordinal segundo, de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, de tal suerte no se procederá a aplicar el artículo 480 ejusdem codex, sino más bien se ordena la citación del penado en cuestión, a los fines legales consiguientes.- En cuanto a la condena al pago de costas procesales, se evidencia en la sentencia definitiva, que el penado de marras fue EXONERADO al pago de las mismas, a tenor de lo previsto en el artícu.....
Juez/Ponente:
Fanny Sanchez
Organo:
Tribunal Tercero de Ejecución
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N° Expediente : 1934-07 N° Sentencia : 1934-07 Fecha: 27/09/2007
Procedimiento:
Auto De Ejecución Y Cómputo
Partes:
PENADO: JAIQUER JOSÉ CAMACHO CARREÑO/DEFENSA: COORDINADOR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA PENAL/FISCAL: FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CARACAS
Resumen:
En este orden de ideas, tenemos que, el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que, si el penado estuviere en libertad y no procediere el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, el Juez de Ejecución ordenará su reclusión en un Centro Penitenciario.- Siendo esto así, tenemos que el penado de marras fue condenado a cumplir una pena que evidentemente NO EXCEDE DE CINCO (5) AÑOS, por lo tanto pudiera optar al beneficio Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena a tenor de lo exigido en el articulo 493, ordinal segundo, de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, de tal suerte no se procederá a aplicar el artículo 480 ejusdem codex, sino más bien se ordena la citación del penado en cuestión, a los fines legales consiguientes.- En cuanto a la condena al pago de costas procesales, se evidencia en la sentencia definitiva, que el penado de marras fue EXONERADO al pago de las mismas, a tenor de lo previsto en el artícu.....
Juez/Ponente:
Fanny Sanchez
Organo:
Tribunal Tercero de Ejecución
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