Vista el escrito presentado en fecha 14 de agosto de 2007, ante la Unidad de Recepción de Documentos (URDD) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Abogada JESMAR RODRIGUEZ, en su condicion de apoderada judicial del la parte demandada, por una parte, y por la otra el abogado MANUEL CISMEROS, en su condicion de apoderado judicial de la parte actora, y como quiera que la presente causa se encuentra en fase de mediación, de una revisión del escrito, se constata que las partes han manifestado actuar de común acuerdo, libres de constreñimiento alguno, que esta debidamente circunstanciada, por lo tanto, este Tribunal, HOMOLOGA en los términos antes expuestos por las partes conforme a lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. ASI SE DECIDE. CUMPLASE