PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE, para conocer de la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, presentada por los abogados DILIA ROSA LOPEZ y DAVID MENDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la empresa socialista FAMA DE AMERICA S.A., sobre los bienes pertenecientes a las Sociedades Mercantiles FAMA DE AMERICA S.A., y CAFÉ FAMA DE AMERICA, C.A., todo de conformidad con lo establecido en los artículos 152 al 156 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, se declina la competencia al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y con competencia en los estados Miranda y Vargas.
SEGUNDO: En virtud de la declaración anterior, se ordena la remisión inmediata del expediente, ello en virtud de la urgencia de asunto que se debate y la garantía de la infraestructura agroindustrial de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio.-