este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción que por desalojo sigue la ciudadana AURA MARINA MARTINEZ ALEGRIA, en contra de los ciudadanos GIL ALFONSO LINDARTE Y EDGAR ENRIQUE LINDARTE, conforme a los lineamientos explanados en el fallo, en consecuencia:
SEGUNDO: Se condena en costa a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, de conformidad con la norma contenida en el 274 de Código de Procedimiento Civil.
Se Ordena la Notificación de las partes, por cuanto el presente fallo fue dictado fuera del lapso legal correspondiente.