Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO UNDECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO y DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por INMOBILIARIA AURIGA, S.A contra MANTENIMIENTOS VIALES GUAYACAN, C.A, en consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito entre INMOBILIARIA AURIGA, S.A y MANTENIMIENTOS VIALES GUAYACAN, C.A, en fecha 1º de Julio de 2004.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a entregar la actora, sin plazo alguno completamente desocupado de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió, el inmueble constituido por un local identificado con el número y letra 2-B del Edificio Los Ángeles, ubicado en la Calle Los Ángeles, Municipio Chacao del Estado Miranda.
TERCERO: Se condena a la demandada a pagar por concepto de indem.....