DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A formulada por los ciudadanos ERICK SAUL CHACON HIDALGO y GENESIS MASIEL GUTIERREZ BECERRA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-16.007.307 y V-19.227.792, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial por ambos contraídos en fecha 03 de noviembre de 2010, por ante la Oficina de Registro Civil Municipal Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 633, Tomo 03, folio 133, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2010, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por d.....