III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por el ciudadano RAMON ALFREDO LEON, en virtud del matrimonio celebrado con la ciudadana YELITZA DEL CARMEN BECERRA PEREZ, ambos identificados al inicio de este fallo;
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los ciudadanos RAMON ALFREDO LEON y YELITZA DEL CARMEN BECERRA PEREZ, el día 07 de marzo de 1990, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Tomas Lander del Estado Miranda, según se evidencia en acta N° 29 del libro de matrimonios llevado ante dicha autoridad;
TERCERO: Líbrese oficio a la Primera Autoridad Civil del Municipio Au.....