Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por la Sociedad Mercantil BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, C. A., en contra de la Sociedad Mercantil EL RINCÓN DEL REMATE, C.A., y los ciudadanos MANUEL FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ Y MARÍA DE LOURDES FIGUEIREDO REBEIRO DA FONSECA, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la decisión; conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad de Ocho Millones Doscientos Tres Mil Ciento Veinticinco Bolívares (Bs. 8.203.125,00) hoy equivalente dicha cantidad a Ocho Mil Doscientos Tres Bolívares con Doce Céntimos (Bs. 8.203,12), por concepto de saldo de capital del mencionado paga.....