Seguidamente, vista la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de junio de 2011, en la que se declara incompetente y declina la competencia en este Órgano Jurisdiccional, indicando lo siguiente: "...este Juzgado constató, que la actora aunada a la pretensión de extinción del contrato arrendaticio, pretende la indemnización de daños y perjuicios, concretamente, aquellos que señala, fueron convenidos en el referido contrato, por cláusula penal...", "este Tribunal, de oficio, al constatar que la suma cuyo pago se pretende, en la demanda con la cual se dio inicio a las presentes actuaciones, supera en exceso el valor por el cual, le corresponde conocer, se declara incompetente por el valor para seguir conociendo el juicio..."; se observa que el valor de la pretensión supera las 3.000 Unidades Tributarias, por lo que, este Tribunal comparte el criterio expuesto en el fallo mencionado supra, dictado p.....