En mérito de la anterior exposición este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el abogado CARLOS LUIS PETIT, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora RAFAELLA COMUNIELLO GALLO y ANGELA ROSA COMUNIELLO DE CAMPOLI, y REVOCA, la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, en fecha Diez (10) de Agosto de Dos Mil Siete (2007), en consecuencia:
UNICO: Se ordena al Juzgado a-quo a que decrete la medida de SECUESTRO solicitada por la parte actora RAFAELLA COMUNIELLO GALLO y ANGELA ROSA COMUNIELLO DE CAMPOLI, en virtud de que la misma cumple con los requisitos a que se contrae el artículo 39 del Decreto Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y así .....