manifiesta el desistimiento del procedimiento de calificación de despido intentada el 12 del mes en curso, contra el Banco Banesco, debido a cuestiones estrictamente personales, este Juzgado en nombre de la República y por autoridad de la Ley, observando que la parte accionante antes identificada, tiene capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y que en materia de calificación de despido no está prohibido la transacción, Homologa con fuerza de cosa juzgada el desistimiento del procedimiento