Se dictó Sentencia Definitiva, mediante la cual se declaró: "PRIMERO: SIN LUGAR la perención de la instancia. SEGUNDO: SIN LUGAR la petición de inadmisión de la demanda fundada en la inepta acumulación de pretensiones. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por Cumplimiento de Contrato de Compra Venta de Acciones, intentó la ciudadana Mirma Bery Vegas de Meneses, contra las ciudadanas Beatriz de Lourdes Lugo de Orihuela y Xiomara Josefina Figueredo de Orihuela. En consecuencia, se CONDENA a la parte demandada a cumplir con el contrato de compra venta suscrito el 24 de febrero de 2005, pagándole a la parte actora la suma de cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000,00), como saldo de precio pactado en el mismo, más la suma de dinero por concepto de intereses legales, calculados al 3% anual sobre la precitada cantidad de dinero, desde el 27 de julio de 2007 hasta la fecha de hoy, para cuyo cálculo se ordena practicar experticia, mediante un solo perito, de acuerdo a lo previsto en.....