Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la sentencia de fecha 30 de noviembre de 2005, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO que interpusiera la ciudadana BEATRIZ ELENA QUITIAN GONZALEZ contra LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA, en consecuencia se condena a la demandada que proceda al reenganche de la trabajadora a su puesto de trabajo, es decir como abogado litigante, con las mismas condiciones que tenia para la fecha del despido y deberá pagarle los s.....