En el día de 28/05/07, esta Sala de Juicio acordó AUTORIZAR AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana CARMEN CECILIA ELSTER MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-9.119.609, en su carácter de guardadora y representante legal de sus hijos la adolescente y los niños SE OMITEN DATOS, para que tramite por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), sus pasaportes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22 ejusdem. Quedando facultada la precitada ciudadana, para realizar todas las gestiones pertinentes ante el citado organismo, para la obtención y expedición del pasaporte de sus precitados hijos. Igualmente, se acuerdó oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), comunicándole que la presente autorización se da única y exclusivamente para tramitar el pasaporte de la adolescente y los niños de autos.