Una vez manifestado por la ciudadana defensora quien expone que solicito que se decrete la nulidad de la aprehensión si bien es cierto ha transcurrido las 24 horas en virtud de haberse violentado los lapsos procesales si bien es cierto lo que manifestó la ciudadana defensora esta juzgadora invoca la sentencia de fecha 9 de abril de 2008 de la sala constitucional del Iván Rincon Urdaneta se invoca dicha jurisprudencia donde con fecha 9 de abril de 2001 expediente Nº 00-2294 donde establece lo siguiente: ya que la presunta violación de los derechos constitucionales derivada de los actos realizados por los organismos policiales tienen límite en la detención judicial ordenada por el Juzgado de Control, de modo tal que la presunta violación de los derechos constitucionales cesó con esa orden, y no se transfiere a los organismos judiciales a los que corresponde determinar la procedencia de la detención provisional del procesado mientras dure el juicio según sentencia emanada del Tribunal Sup.....