Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, intentada por los ciudadanos TYRONE ALBERTO CORREA PULIDO y GELSI BELYMAR TOLEDO YEPEZ, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.350.443 y V-14.528.992, respectivamente, fundamentada en los Artículos 189 y 190 del Código Civil en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintiuno (21) de julio del año dos mil seis (2006), por ante el Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del estado Miranda, según Acta de .....