En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos dispuesto en el artículo 253 del Texto Constitucional y por autoridad de la Ley, decide:
-PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la pretensión que por Desalojo incoara el ciudadano JOSÉ FRANCISCO ARIAS REYES en contra del ciudadano AGUSTIN ZAPATA, ambas plenamente identificadas en el presente fallo.
-SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del proceso a la parte demandante en la causa, al resultar totalmente vencida en la misma. Dijimos
-CUARTO: Se hace del conocimiento de las partes que el presente fallo es proferido dentro del lapso legal de diferimiento dispuesto por auto de fecha 20 de Mayo de 2009, por lo que resulta innecesaria su notificación.
-PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJES.....