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Decisiones del dia 28/05/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2011-002777 N° Sentencia : Fecha: 28/05/2012
Procedimiento:
Convercion En Divorcio
Partes:
SOLICITANTES: CAROLINA YETZHALI CABRELLES AGUILERA Y LIUSVER EDUARDO CASTRO SIVIRA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. 14.201.313 Y 13.139.877, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS JUDICIALMENTE POR LA ABOGADA KAREN EVELYN MATOS ARELLANO, IPSA Nº 60.081.
Resumen:
III DECISIÓN Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión: PRIMERO: Se declara con Lugar la Conversión de Separación de Cuerpos en sentencia de Divorcio y consecuencialmente DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNÍA, a los ciudadanos CAROLINA YETZHALI CABRELLES AGUILERA Y LIUSVER EDUARDO CASTRO SIVIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.201.313 y 13.139.877, respectivamente, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 19 de noviembre del año 2010, por ante el Registro Civil del Municipio Carrizal, Parroquia Carrizal, Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, conforme se evidencia de la partida distinguida con el Nº 199 al folio 131, que corre inserta en el Libro de Registro Civil correspondiente al.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2012-000146 N° Sentencia : Fecha: 28/05/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
DEMANDANTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., INSCRITO EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA EL DÍA 13 DE JUNIO DE 1977, BAJO EL Nº 1, TOMO 16-A, CUYA TRANSFORMACIÓN A BANCO UNIVERSAL CONSTA EN DOCUMENTO INSCRITO EN DICHA OFICINA DE REGISTRO MERCANTIL, EL 04/09/1997, BAJO EL Nº 63, TOMO 70-A, EL CUAL FORMA PARTE DEL EXPEDIENTE QUE POR CAMBIO DE DOMICILIO SE PRESENTÓ ANTE EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIR
Resumen:
Por otra parte y en este mismo orden de ideas, el Tribunal observa, que no se cumplen los extremos concurrentes para la procedencia de la medida preventiva solicitada, pues si bien, podría considerarse de la lectura de los anexos al libelo de la demanda, los cuales son: Copia simple del Poder notariado en la Notaría Pública del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 15/09/2011, bajo el Nº 06, Tomo 100, de los libros de autenticaciones, que corre inserto a los folios 8 al 14, Copia certificada del documento de préstamo que corre inserto a los folios 15 al 20, Copia simple del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la empresa demandada JC Celulares, C.A., que corre inserta a los folios 21 al 26, registrada en el Registro Mercantil V, copia simple de las actas de asambleas JC Celulares, C.A., de fechas 26-05-2005, 13-04-2004, registradas en el Registro Mercantil V, que corren insertas a los folios que van del 27 al 37, la eventual existencia de la presunción del derecho que se r.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2012-000158 N° Sentencia : Fecha: 28/05/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares (Intimación)
Partes:
DEMANDANTE (S): RUBÉN ERNESTO CORREA QUIÑONES, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 16.114.500, REPRESENTADO POR SU APODERADA JUDICIAL DRA. PIERINA RODRÍGUEZ AMORE, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL BAJO EL Nº 68.835.
Resumen:
En tal sentido, por cuanto la Apoderada de la parte actora intenta la presente demanda, indicando que su representado es beneficiario de una letra de cambio, la cual según lo establecido en los artículos 410 y 411 del Código de Comercio, por no estar firmada la misma por el librador, no vale como letra de cambio, y siendo este uno de los documentos permitidos por el artículo 644 del Código de Procedimiento Civil para optar el tramite de la demanda por el procedimiento intimatorio, es por lo que este Tribunal de conformidad con las normas citadas, niega la admisión de la demanda, y así se decide. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y NOTIFIQUESE la presente decisión. Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (28) días del mes de Mayo de 2012. Años 201° y 153°.
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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