Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los accionantes contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2010, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2010, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Francisco García y otros contra el Banco Latino C.A., Latimer Inversiones C.A, Empr.....