Decisiones del dia 28/06/2016
N° Expediente :
AP21-S-2014-002214
N° Sentencia :
Fecha: 28/06/2016
Procedimiento: Oferta Real De Pago
Partes: CHARCUTERIA VENEZOLANA,C.A. VS FLAVIO ALBERTO ARAQUE DURAN
Resumen:
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este JUZGADO TRIGÉSIMO CUARTO 34° DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la Oferta Real de Pago que realizara la empresa CHARCUTERIA VENEZOLANA, C.A., al ciudadano FLAVIO ALBERTO ARAQUE DURAN, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 6.221.483. En consecuencia, se ordena la notificación de la parte oferente, a los fines de que tenga conocimiento de la presente decisión y una vez conste en autos la resulta de la notificación se ordenará el cierre informático y el cierre definido del expediente.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y NOTIFIQUESE A LA OFERENTE.
Dada, firmada y sellada en la Sal.....
Juez/Ponente:
Elka Edilia Leanivis
Organo:
Tribunal Trigesimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
N° Expediente :
AP21-S-2016-000490
N° Sentencia :
Fecha: 28/06/2016
Procedimiento: Oferta Real De Pago
Partes: OFERENTE: SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE PERSONAL 218 C.A. Y OFERIDO: JOSÉ LUIS FEDERICO HERNÁNDEZ
Resumen:
este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que el Oferente ofrece la cantidad de Bs.493.902,73. Asimismo, se evidencia que el Oferido ciudadano JOSÉ LUIS FEDERICO HERNÁNDEZ, cédula de identidad NºV-13.713.129, se encuentra debidamente asistido de abogado, y acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DOS CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs.493.902,73), por los siguientes conceptos y días: 450 días de garantía de prestaciones sociales; intereses sobre prestaciones sociales; fracción de utilidades; bonificación transaccional; como también se consideró un anticipo de prestaciones sociales y vacaciones y bono vacacional pagado. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimi.....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo