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DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, REPONE la causa al estado de que se establezca la forma en que deba sustanciarse la evacuación y contradicción de la prueba de VHS, consignada por la parte actora, en su escrito de promoción de pruebas. En consecuencia, remítase el expediente a su tribunal de origen, mediante oficio.
En virtud del anterior pronunciamiento, no hay condenatoria en costas.