Esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Región Capital, actuando en sede Constitucional, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 Constitucional, artículo 26 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y la Sentencia Vinculante Nº 7 del 01 de febrero de 2000 (Caso: José Mejía y Otros) de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la profesional del derecho ROSA CADIZ RONDÓN, abogada en ejercicio inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 77.071, actuando en su carácter de apoderada Judicial de la ciudadana ELMA DEL VALLE GONZÁLEZ RIVERO (parte Agraviada), y en consecuencia ANULA POR VICIOS DE ORDEN PÚBLICO la AUDIENCIA PRELIMINAR celebrada en fecha Veintidós (22) de noviembre de 2016, por el Juzga.....