este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los MERCEDES NACARY ESPINA CHACON y HUMBERTO DANIEL LOBO ESCALONA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-22.563.874 y V- 19.146.051, respectivamente, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los mismos, en fecha 06/06/2012 ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Petare, del Municipio Sucre del Estado Miranda, bajo el acta Nº 386, de esa misma fecha. ASÍ SE DECLARA.-