Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal TRIGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda por cobro de prestaciones sociales, que interpuso la ciudadana AMELIA MARIA RAMOS PADILLA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portador de la cédula de identidad No. V- 13.968.619, debidamente representada por su apoderado judicial el Dr. JUAN NETO, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.066 contra la empresa "SECURITY ONE START S. O. S C.A." debidamente inscrito en el Registro Mercantil Primero, de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado >Miranda, en fecha 14 de mayo del año, 2001, quedando Registrada bajo el Nro. 04, Tomo 113 -A-Pro,