Se dictó resolución en la cual este Tribunal Superior Tercero declaró: PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. MANUEL RUBIAL CANCILLO. SEGUNDO: CON LUGAR, la adhesión a la apelación propuesta por el Abg. ELIO CASTRILLO. TERCERO: Se anula el fallo dictado en fecha 08/07/2011, por el Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, conforme a lo previsto en el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud de haber detectado violaciones de normas de orden público. CUARTO: Se desestima la cualidad de demandante de la ciudadana JULIETA ESTEFANIA VILLASMIL ALASTRE. QUINTO: Se condena a la compañía Expresos Occidente C.A., al pago de la suma de indemnización por daño moral a favor de la adolescente ELIBETH ROXANA y de la joven VIVIANA CAROLINA en la suma de (700.000,00), para cada una, y a favor del ciudadano ELIO FRANCISCO PAREDES, en la suma de (500.000,00).