III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento, formulado el 30 de septiembre de 2016 por la abogada Maria Encarnación Martínez Polo, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA LOURDIS MENDEZ (parte solicitante), en la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JAIME ENRIQUE GALINDO SALAMA,
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE