Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INCOMPETENTE por la materia para conocer la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana CARMEN CENOVIA IZARRA contra la Comisión Nacional para la Evaluación de la Incapacidad Residual de la Dirección Nacional de Rehabilitación y Salud en el Trabajo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).