esta Sala de Juicio Novena, en aras del Principio del Interés Superior del Niño, dirigido a asegurar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos y garantías consagrados a favor de los niños, niñas y adolescentes, en especial el derecho humano y constitucional a la Educación, que además se encuentra legalmente establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que a letra reza: "Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la educación. Asimismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia...", acuerda de conformidad con el artículo antes citado concatenado con el artículo 4 euisdem, ordenar la inscripción de la niña MARIA ELENA BLANCO, en la Unidad Educativa Municipal Tito Salas, con la finalidad de que pueda hacer efectivo su derecho a cursar estudios en el período escolar 2006-2007. Líbrese oficio a la referida unidad educativa comu.....