Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer y Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
Declara sin lugar el recurso de apelación presentado por la ciudadana Soraya Salas Martínez, Defensora Pública Séptima con Competencia Especial en Materia de Violencia contra la Mujer, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, Defensora del ciudadano Saúl Eduardo Durán Ascanio, titular de la cedula de identidad N° V-22.034.536, contra de la decisión dictada en fecha 26 de octubre de 2013, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de los Tribunales de Violencia, y por consecuencia, confirma el fallo apelado.