DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Vigésimo Séptimo (de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando juusticia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Se acuerda LEVANTAR EL CEESE DE LA MEDIDA ACORDADA, en fecha 22 de Agosto de 2006, en virtud del archivo decretado por la Fiscalia del Ministerio Publico dictada en contra de los ciudadanos RENE MARCIAL ESPINOZA Y JOSE LUIS OJEDA GIL sin que este signfique que no se realizara la apertura si aparecen nuevos elmentos de conviccion que merezcan continuar con la misma. CUMPLASE.-
LA JUEZ
DRA. TAYRY ELENA MENDEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordendo por este Juzgado
EL SECREATARIO
ABG. JOSE OLIVERO